Es notorio y admitido que Volkswagen Audi incidió en la práctica fraudulenta consistente en configurar el software de algunos de sus motores de tal manera que las emisiones de NOX en los bancos de pruebas para homologar el vehiculo se ajustasen al límite de las emisiones establecido en el Reglamento de la CE 715/2007, cuando luego en la conducción real se superaban tales límites con perjuicio para el medio ambíente .
Hasta ahora, internacionalmente, amistosa o judicialmente, lo que se estaba haciendo era pagar una compensación al comprador de coche por parte de la marca, cuando en realidad el bien a proteger, que era el medio ambiente, se mantenía perjudicado, aunque se impusieran multas por la Administración.
Pues bien, el 5-1-18 un Juzgado de Manacor, tras la correspondiente prueba pericial dando certeza a la existencia del fraude, ha estimado que no procede una mera compensación pues toda la venta es nula por haber sufrido engaño el comprador, que lo que procede es declarar nula la venta, devolviendo el demandante su vehículo Skoda y devolviéndole el vendedor el precio integro pagado, declarando insuficiente la mera subsanación de la incidencia reconfigurando el software o el pago de una indemnización como también la mera resolución implicaría al deber el propietario compensar al vendedor , detrayendo del valor del precio a devolver el valor del uso del vehículo, para evitar un enriquecimiento injusto.
Sentencia dura que abre un nuevo periodo , pues debe tenerse en cuenta que ese vehículo llevaba en funcionamiento 5 años y tenía 600.000 km recorridos, penalizandose no solo el engaño al comprador de buena fe que desconocía el fraude sino también el perjuicio causado al medio ambiente, y ello supone una pérdida importante para el fabricante, pues ese coche va a ser difícil de vender de nuevo ,evitándose así que siga circulando y contaminando en exceso.
Fdo. Ernesto Prieto Sánchez. Abogado