El derecho al descanso es irrenunciable. Así lo reconoce la Justicia y la normativa promulgada desde ámbitos como el estatal, con la Ley 37/2003 o Ley del Ruido y el Real Decreto 1367/2007 que la desarrolla, a los que se suma la normativa autonómica y local, con ordenanzas sobre ruido impulsadas por los ayuntamientos para limitar la contaminación acústica, que no es el caso de Rivas Vaciamadrid.
Que existan normas a tantos niveles hace que algunos aspectos difieran entre ciudades, aunque normalmente el ruido nocturno máximo al que debes estar expuesto es de 25 decibelios en tu dormitorio y de 30 en el comedor.
Estos niveles corresponden a la franja horaria de noche, más restrictiva y que suele abarcar de las 23.00 a las 7.00 horas. En Barcelona y Madrid, por ejemplo, se prohíbe además cualquier reparación, cambio de muebles, etc. dentro de las viviendas entre las 21.00 y las 8.00, y hasta las 9.30 los fines de semana y festivos que se suma también a los ladridos de los perros, que a primera hora de la mañana los fines de semana hace que no puedas descansar mas horas que el resto de la semana.
Si actividades como estas te mantienen en vela, o si lo que te priva del sueño es un botellón a escasos metros de la ventana de tu casa, tienes varias alternativas para formular una denuncia, aunque los expertos recomiendan que el primer paso sea amistoso, que en el caso de este Municipio, supuestamente no se lo toma enserio, prioriza la diversión de las personas amantes del botellón y la música a todo volumen , que el derecho al descanso que tenemos por ley.
Ante la acción o inacción de la administración también se puede acudir a los tribunales por la vía Contencioso-Administrativa, de la que se pueden derivar indemnizaciones con cargo al erario público a favor del denunciante, en función de las consecuencias que tenga la actuación del Ayuntamiento.
También se puede actuar desde el ámbito judicial contra el emisor del ruido a través del orden civil, que permitirá, por ejemplo, reclamar por daños y perjuicios.
La apertura de la vía penal por delitos contra el Medio Ambiente es otra de las posibilidades para los casos más graves, en los que el ruido pueda derivar en problemas de salud. Dependiendo de la gravedad del delito, las condenas pueden alcanzar los cinco años de cárcel para el emisor del ruido, a lo que se pueden añadir indemnizaciones por daños y perjuicios.
Son muchas los vecinos que denuncian que no pueden dormir por la noche y llaman a la policía y guardia civil para que se personen y pongan orden, la contaminación acústica y los niveles de delincuencia, se están incrementando cada vez mas, se esta creando un Municipio con mucha inseguridad y falta de calidad de vida.
Juan Carlos Ramos
Profesor de Medio Ambiente y Energías Renovables