El alcalde de Rivas acusa al Alto Tribunal de propiciar con un «nuevo y vergonzoso rescate a la banca» con la reversión de la llamada ‘doctrina Rivas’
El alcalde de Rivas Pedro del Cura hacía estas declaración es en Twitter: “En octubre de 2018, la Sala Tercera del Tribunal Supremo dio la razón a la Empresa Municipal de Vivienda de Rivas: eran los bancos quienes debían pagar el impuesto. Fue una decisión histórica. Hubo tres sentencias, fue el inicio de la ‘doctrina Rivas”. “Esto abría la puerta a millones de familias para reclamar a los bancos su dinero. Entró en escena Carlos Lesmes, presidente del Supremo, hizo trizas la ‘doctrina Rivas’ y blindó a los bancos. El rescate judicial a la banca que dejó a los pies de los caballos la imagen del TS”. ”Han tardado un año y medio para mirar a otro lado. Es una vergüenza, así que iremos a Estrasburgo para solicitar un amparo que la justicia española nos niega”.
El edil, de IU, ha acusado al Alto Tribunal de «lavarse las manos» y de propiciar con ello un «nuevo y vergonzoso rescate judicial a la banca».
La batalla por quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en las hipotecas llegará al Tribunal de Estrasburgo. El Ayuntamiento de Rivas llevará al Tribunal Europeo de Derechos Humanos la decisión del Constitucional español de no admitir a trámite sus recursos contra la polémica decisión del Tribunal Supremo de revertir tres sentencias propias y acordar que son los clientes, y no los bancos, quienes tienen que pagar el llamado ‘impuesto de las hipotecas’. «Iremos a Estrasburgo para solicitar un amparo que la justicia española nos niega», ha asegurado en Twitter el alcalde del ayuntamiento madrileño, Pedro del Cura.
El Tribunal Constitucional notificó el pasado 2 de septiembre, las resoluciones de rechazo de los recursos interpuestos por la EMV de Rivas.
El Constitucional decide no admitir a trámite, hasta cuatro veces, en otros tantos recursos presentados por la EMV de Rivas contra la decisión que tomó el Pleno de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, por un estrecho margen de 15 votos frente a 13. El caso se remonta a noviembre de 2018. Tres sentencias previas del Tribunal Supremo habían dado la razón a la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas y habían determinado que el impuesto que se paga por registrar notarialmente una hipoteca debía abonarlo el banco que diera el préstamo, al ser el principal interesado en el acto jurídico en sí. Sin ese registro, no se podrían ejecutar las hipotecas.
Las tres sentencias anulaban un artículo de la legislación vigente y renovaban la doctrina previa de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que hasta entonces habían dado la razón a los clientes.
Pero en una decisión inédita hasta el momento, el presidente de la Sala, Luis Díez-Picazo, decidió convocar al pleno para revisar la nueva doctrina. Díez-Picazo entendió que la primera de las sentencias -contraria a dos resoluciones anteriores- suponía un «giro radical» en la jurisprudencia que provocaba una «enorme repercusión económica y social». La avocación a Pleno era una decisión inédita, ya que suponía revisar una doctrina consolidada en una sentencia, cuando lo normal es reunir a todos los magistrados, si es necesario, antes de que se produzca el fallo.
Las tres sentencias del Supremo que daban la razón a la EMV de Rivas mantenían su vigencia. Pero el ayuntamiento que dirige Pedro del Cura decidió presentar, primero, un incidente de nulidad ante el propio Supremo, además de los recursos ante el Constitucional.