OPINIÓN

Antonio De La Peña

Educar en principios. Yo invierto, tú especulas

Nuestro sistema enseñanza-aprendizaje se ha empeñado en educar en valores, en lo subjetivo. En lo que es variable y personal. Lo que es bueno para ti, puede ser malo para otros. Educar en principios es mucho más complejo. Los principios son objetivos y permanentes. Yo prefiero educar en Principios. Además, intentaré exigir a los otros en base a principios. No puedo imponer valores. Aún así, es seguro que o haré.  Soy sujeto.  Estamos próximos a unas nuevas elecciones municipales. El 28 de mayo estamos invitados a participar. Debemos elegir nuestros representantes en el Pleno Municipal. A mi entender estos son los principios que deben regir en la actuación de nuestros concejales, y de la institución.

El Principio de legalidad establece la igualdad de todos frente a la ley. El imperio de la ley posibilita el correcto funcionamiento de las democracias. No al revés. Todos nuestros actos deben estar motivados y amparados por la ley. Quien incumple este principio rompe las normas de la sociedad. En estos casos tendrá una sanción proporcional, justa y equilibrada a la norma transgredida. Es evidente que nuestros representantes municipales, y la propia institución, deben cumplirla. En caso de contravenir la ley será el poder judicial quien intervenga. En estos años nuestro Ayuntamiento a pleiteado en numerosas ocasiones. Algunas de ellas han ganado, y en otras ha perdido. Especialmente bochornoso resultó la sentencia por contravenir el artículo 1º de la declaración de los derechos humanos (1948). Aquel acuerdo del Pleno fue estimado como nulo por el juez. En este caso, al estar diluida la responsabilidad, nadie dimitió.

Cuando adquirimos un apartamento turístico, lo registramos, realizamos el acto de compraventa ante notario, y pagamos, declarando importes el acto es legal.  Nada que objetar. Todos debemos actuar así.

El principio de transparencia es fundamental en los poderes públicos. Se trata de proporcionar a los ciudadanos, a todos los ciudadanos, la información necesaria para una adecuada participación y control de asuntos. En este sentido los nuevos concejales vendrán en la obligación de firmar y adjuntar en secretaría General del Ayuntamiento su registro de intereses. Se trata de un documento normalizado, con casillas que cumplimentar. Será publicado en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. Es un requisito legal necesario para obtener sus respectivas actas. Si no te gusta el proceder, o no quieres, no te presentes a concejal y/o diputado. Nadie te obliga.

En base a este principio, todos los representantes legales deberán cumplimentar adecuadamente este requisito. Si por situación sobrevenida “x” cambia, o se modifica, un patrimonio mueble y/o inmuebles deberán, inmediatamente, comunicarlo en secretaria. Firmaran un nuevo documento. En esta ocasión marcando la casilla “modificación”.  Mostremos un ejemplo.

Analizamos el caso del famoso apartamento turístico de la señora Carazo. En el portal de transparencia del Ayuntamiento aparece un documento inicial, fechado de 7 de junio de 2019, y en el consta una vivienda adquirida en 2006 por valor de 120.334, 12€ y una hipoteca de 33.835€. Ella, según esa declaración, es la propietaria del 100%. También, figuran sus cuentas corrientes, coches y acciones (Ayuntamiento de Rivas a fecha 28 de febrero de 2023.

Si Carazo ha realizado alguna transacción de importancia debe modificar su declaración. Para ello deberá, sobre un documento similar, señalar la casilla de modificación. Igualmente, el último día de la legislatura, deberá proceder de modo semejante. En este caso deberá marcar la casilla de declaración final.

Su pareja, el Diputado por la Asamblea de Madrid el PSOE D. Enrique Rico García-Hierro debe realizar procedimiento equivalente en la Secretaría General de la Asamblea de Madrid. En este caso D. Enrique no tiene inmueble declarado a fecha 1 de junio de 2019 (Asamblea de Madrid a fecha 28 de febrero de 2023.

Desconozco el modo concreto de fijar señal de un apartamento turístico. Pero a buen seguro es una cantidad significativa. Al no ser aún propietaria es posible que no venga en obligación realizar una modificación en su registro de intereses. Es evidente que comprar para invertir dinero es algo bueno, justo y a lo que cualquiera tiene derecho. Me alegra que pueda hacerlo. Yo también lo habría hecho si tuviera posibilidad para ello. También está en su derecho, si es pertinente, el no modificar su declaración de intereses. Esto marca diferencia. Entra en juego la acción del tercer principio.

Principio de ejemplaridad. Los códigos éticos y de conducta van más allá de los establecidos por ley y la administración. Son subjetivos. Entran dentro del ámbito de los valores. Nadie los impone. Se actúa por acto virtuoso. El bien por el bien. Se actúa desde ámbito personal y nadie puede exigir ni reclamar. Sólo mostrar tu contrariedad y crítica. Se pueden regir por condicionantes externos, generalmente, de respeto al votante, Integridad personal y honradez en la gestión. Tratan de no violentar la confianza,, y autoridad que los votantes les dimos. Pero si se contraviene el principio no tendrá consecuencias legales ni administrativas.

En este caso concreto la compra de un apartamento turístico para invertir es perfecto.  Absolutamente legal. En la declaración de intereses (principio de transparencia) no está aún la modificación. Al no ser aún propietaria del mismo ante notario no debe hacerlo. Pero es evidente que se ha iniciado una acción que modificará su patrimonio. Es más, deseo que le salga bien. Todo perfecto.  En cambio, a mi juicio, no es ejemplar. Me hubiera gustado ver ese cambio en su registro, con su señal de modificación, en el portal de transparencia. Existen casillas a tal fin.  Insisto, es libre de no hacerlo. Es mi criterio subjetivo, no es punitivo, no infringe la ley. Pero aún peor es afirmar cuando los otros actúan en el mismo sentido [comprar un apartamento turístico], su supuesta mala intención y actuación por intereses especulativos. El ladrillazo es de otros.

Concluyo, ante el mismo acto, las mismas leyes y las mismas consecuencias. Yo compro porque valoro invertir. Tu adquieres porque deseas especular.  Yo invierto, tu especulas.  Esta es la diferencia entre educar en principios y educar en valores.