En el Pleno Municipal celebrado ayer día 30 de enero, uno de los temas tratados fue la propuesta por el PSOE e IU-Equo-Más Madrid, para la “defensa de la educación pública garantizando una enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia.” La moción tuvo 21 votos a favor y cuatro en contra de PP, Vox y el edil no adscrito.
La moción fue presentada por el concejal Alberto Cabeza, que la argumentó: Uno de los objetivos de esta moción, es poner en valor y defenderlo en su totalidad, el derecho de recibir una educación enfocada al pleno derecho de la personalidad en el respeto de los derechos y libertades fundamentales (art. 27.2 CE) y DUDH, PIDec.Soc y Cultural, etc. Es un derecho prestacional (el Estado está obligado a prestar este servicio, y a prestarlo con respeto a los derechos y libertades fundamentales) y ha de ser ideológicamente neutral. No existe un derecho a recibir enseñanzas contrarias a las finalidades, ni existe libertad de impartirlas, por eso el arti. 28.8 CE, faculta a los poderes públicos; por mucho que ustedes repitan una y otra vez ‘que los hijos son exclusivamente de su propiedad”. Como bien saben la extrema derecha en España está intentando trasladar a los Centros Educativos, a los contenidos mismos de la enseñanza, sus prejuicios morales, intentando ‘vetar’ la enseñanza de determinados contenidos a sus hijos, por considerar que estos contenidos son contrarios a sus creencias. ‘Veto parental’, ‘pin parental’,…, o como ustedes quieran llamarlo.
Así se quiere convertir la escuela en un foco de adoctrinamiento, intentando que predomine un modelo parcial, que excluya de los contenidos la diversidad sexual, la plena igualdad entre hombre y mujeres, la no discriminación por cualquier causa, y con el acento puesto en un único modelo de familia (la nacional-católica propia de la dictadura que sufrimos durante 40 años). El derecho de los padres a elegir una educación para sus hijos, de acuerdo a sus creencias, que sí establece la Constitución (art.27.3), se ejercita cuando se elige el colegio para los hijos, los padres se adhieren a un ideario de ese centro, pero ello no da derecho a recibir una enseñanza que no cumpla con los principios de pluralidad e imparcialidad.
Todo este debate es un patinazo más de Vox, una de sus ocurrencias, pero va mucho más allá, tiene todo un trasfondo ideológico muy importante, más aún cuando todas estas medidas absolutamente reaccionarias y contrarias a la democracia misma, pueden llevarlas a cabo allí donde sus votos mantienen a gobiernos del PP. El Partido Popular, unas veces de manera implícita y otras expresando claramente su apoyo, compra y aplica estas ideas. Y aquí es cuando se produce el ataque contra la educación, contra la libertad de conciencia y contra la propia dignidad de las personas.
Esta moción quiere aportar un poco de ayuda en el reconocimiento y defensa de los profesionales de la Educación en general, muy especialmente en la Educación Pública. Son ellos, con su libertad de cátedra, los que hacen posible ese derecho a la educación global e imparcial, que hace de los alumnos y alumnas personas formales, libres y con capacidad mirar al hombre y al mundo cada cual a su manera, de desarrollarse plenamente en ideas y convicciones y principalmente en tolerancia. Por ello tenemos que apostar porque los Centros Educativos recuperen competencias para los Consejos Escolares, en el ámbito de aprobación de las programaciones y actividades complementarias. Tenemos que recuperar esa autonomía para consensuar entre docentes, familias y alumnos esas líneas maestras que llevan a la educación como el mejor camino hacia la plena formación integral de los alumnos y alumnas.
Las propuestas concretas que se hacen en este Pleno mediante esta moción son: Velar por el derecho a la educación en los términos expuestos; Reforzar y profundizar en los planos de igualdad dentro de los centros educativos, así como en los protocolos LGTBI; Promoción de una campaña de reconocimiento y apoyo a los profesionales docentes y a su libertad de cátedra; Instar el cambio de la normativa educativa para que los Consejos Escolares recuperen competencias para la aprobación de la programación.
MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA Y GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA, EQUO, MÁS MADRID, PARA LA «DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA, GARANTIZANDO UNA ENSEÑANZA DE PRINCIPIOS DE CONVIVENCIA, RESPETO y TOLERANCIA». |
De acuerdo y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo Municipal Socialista y Grupo Municipal Izquierda Unida, Equo, Más Madrid, presentan, para su consideración por el Pleno Municipal, la siguiente MOCIÓN: |
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
En el 27. 1 del Título I. Dé los derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española de 1978 se afirma que «todos tienen el derecho a la educación», reconociéndose «la libertad de enseñanza». Además, el apartado 2 del artículo 27 se encarga de establecer que el objeto de la educación será «el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». Esta definición enmarca dicho derecho y establece el pleno desarrollo de la personalidad humana fundamentada en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertadesfundaméntales», tal y como recoge en su artículo 26 la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención de los Derechos del Niño y la Niña, que en su artículo 3, párrafo 1 proclama que el interés superior del menor siempre debe prevalecer, en tanto que los niños y niñas son sujetos de derechos cuya libertad tiene que ser protegida por las instituciones. En la Comunidad de Madrid, además, la LEY 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad sexual, que fue uno de los grandes consensos alcanzados por todas las fuerzas políticas en la X legislatura de la Asamblea de Madrid, especifica en su Artículo 30 que la Comunidad de Madrid «favorecerá en los centros sostenidos con fondos públicos la realización de actividades específicas para el reconocimiento de la igualdad del colectivo LGTBI, para poder dotar de una visibilidad a esta realidad tradicionalmente escondida en el ámbito escolar», con el objeto de luchar contra el acoso escolar por razones de LGTBIfobia. El libre desarrollo de la personalidad, como garante de la autonomía personal y en relación con el derecho a la educación, contribuye a que la persona posea una libertad de elección real y personal frente a los diferentes y diversos retos que plantea la vida. Y esa libertad de |
elegir entre las diferentes opiniones y conductas hace posible que se puedan ejercer otros derechos fundamentales, tales como la libertad ideología, la libertada religiosa, y el derecho a la no discriminación por razón de sexo, raza o cualquier otra condición. Así, la educación plena e integral se configura como pieza fundamental para que las personas sean libres e iguales en derechos y libertades. La construcción de un espíritu crítico se puede impedir por una deficiente e incompleta formación, por desconocimiento y deformación de la realidad, y por la manipulación del pensamiento a través de la repetición de falsedades. Esto es lo que puede denominarse adoctrinamiento, es decir, inculcar determinadas ideas o creencias distorsionando la forma en la que se percibe la realidad y dirigiendo su pensamiento hacia una ideología o forma de pensar determinada. Lamentablemente, la escuela se ha convertido en foco de adoctrinamiento para la derecha, intentando implantar un modelo conservador y parcial, que limita el currículo educativo a los contenidos que consideran aptos pero que excluyen realidades sociales e incluso históricas y busca introducir un mayor centralismo y control de la educación y de los procesos educativos. Para esta manera de pensar, la diversidad sexual, los diversos tipos de familia, la laicidad, la igualdad por razón del lugar de nacimiento, o la plena igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, son idealismos progres, que contaminan y que por ello no deben ser objeto de aprendizaje en los centros educativos. No se puede aceptar que, basándose en el derecho de las familias a elegir la educación de los hijos e hijas —que es claro que existe—, se pretenda dejar sin efecto o cercenar el deber del profesorado en educar de acuerdo a los derechos fundamentales, o el derecho del alumnado a recibir una formación integral para el pleno desarrollo de su personalidad. Como nos insisten desde los Tribunales y doctrinas constitucionales, no existe ningún derecho absoluto, todos tienen límites y todos ellos han de ser ejercidos en la medida de lo posible. Hasta la entrada en vigor de la LOMCE, los consejos escolares tenían la competencia de aprobar la programación anual y las actividades complementarias de los centros educativos, siendo el mejor mecanismo para, a través de la participación de docentes, familias y en su caso alumnado, establecer cuantas garantías sean necesarias en el mayor interés de la protección del menor. Sin embargo, en el redactado de la última modificación legislativa en educación, eliminó esta competencia y evitó impulsar y apostar por una creciente participación de las familias en los centros. |
Pero la educación es un proceso activo en el que participan docentes de diferentes sensibilidades e ideologías. Tiene la riqueza de ofrecer pluralidad de experiencias, materias |
y
asignaturas susceptibles de distintos enfoques y por tanto de generar
pensamiento en el alumnado. La filosofía, la historia, la religión, la literatura, el arte, ciencias, la asignatura de valores, etc., son materias del currículo educativo que generan pensamiento y ayudan a crear espíritu crítico. No podemos olvidar que la educación es la mejor vía de progreso social y frente a la deriva centralista, adoctrinadora y controladora, es de vital importancia mostrar y afianzar el apoyo y la confianza en la profesionalidad de los equipos docentes y de la inspección educativa, confiar en nuestro sistema educativo y garantizar una formación integral para todos los niños y niñas. En suma, que el proceso de educación no puede desarrollarse plenamente si se obvian, como se pretende desde los sectores reaccionarios, principios tan básicos como la dignidad de la persona (art. 10 CE), el principio de no discriminación (art. 14 CE), o la libertad ideológica y religiosa (art. 16 CE). Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista presenta al Pleno Municipal los siguientes ACUERDOS: PRIMERO: Velar por el cumplimiento de los artículos 27.1 que defiende el derecho a la educación y Ia libertad de enseñanza y 27.2 de la Constitución española que tiene como fundamento el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. SEGUNDO: Reforzar el cumplimiento de los planes de igualdad, protocolos LGTBI y formación en igualdad en los centros educativos para la prevención de la violencia de género y superar el sexismo. TERCERO: Garantizar la pluralidad de pensamiento, la enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia que una sociedad democrática debe compartir a todos los alumnos y alumnas en la educación obligatoria tal y como recomienda el Consejo de Europa. CUARTO: Promover una campaña de apoyo a la profesionalidad e independencia docente y de apoyo a la libertad de cátedra para que se fomente una educación basada en la libertad de pensamiento y el desarrollo de la capacidad crítica del alumnado. QUINTO: Instar al Gobierno de España a la modificación de la ley educativa para recuperar las competencias de los consejos escolares en la aprobación de la programación de los centros, así como impulsar una mayor implicación y participación de las familias en los centros educativos, de acuerdo a lo establecido en nuestra Constitución. ) impulsar una mayor implicación y participación de las familias en los |
SEXTO: Reforzar la autonomía de los órganos directivos de los centros educativos como piezas claves para la mejora de nuestro sistema educativo y como medio para garantizar el cumplimiento del artículo 27 sobre el Derecho a la educación y su desarrollo, recogido en la Constitución. |