Anteproyecto de Ley de la Vivienda

El derecho a la vivienda digna, la intervención de los precios del alquiler y la modificación de los desahucios son los tres ejes de la nueva normativa que se prevee aprobar.

El anteproyecto de ley pretende ser un instrumento normativo adecuado para consagrar y dotar de contenido al derecho a la vivienda que la Constitución recoge en su artículo 47.1,  derecho en igualdad de condiciones para todos los ciudadanos españoles, sin perjuicio de las competencias que sobre la materia tienen atribuidas las Comunidades Autónomas.

El anteproyecto   define los derechos y deberes de conservación, mejora y reparación de los ciudadanos en relación con la vivienda y establece un régimen básico del derecho a la propiedad privada; regula la acción de los poderes públicos en materia de vivienda, así como los derechos, obligaciones y responsabilidades en las operaciones de compra y arrendamiento de la vivienda.

Entre otras medidas, incluye las relativas a la información y transparencia en materia de vivienda y suelo y las referidas a la contención de los precios del alquiler y a la modificación de los procedimientos de desahucio, contenidas en las disposiciones finales.

Los preceptos más novedosos son los que determinan las reglas de intervención de precios del mercado de alquiler de viviendas , que son ambiguas, pareciendo haber renunciado a regular mecanismos  extraprocesales específicos para asegurar el cumplimiento de las limitaciones que se introducen en la disposición final primera del texto, dejando en manos de los órganos judiciales su exigibilidad y cumplimiento , lo que supondrá una carga adicional de trabajo para aquellos.

El diseño contenido en el anteproyecto para intervenir en el mercado de alquiler de viviendas puede rozar la incompatibilidad con el derecho a la propiedad del art. 33 de la Constitución, por lo que seguro que acabará pasando , via recurso, por el filtro del Tribunal Constitucional y/o del el Tribunal Europeo de Derechos Humanos , ya que es debatible la justificación o necesidad de las medidas de contención de precios de alquiler de viviendas sin un análisis  del resultado contraproducente que pudieran tener esas dichas medidas, por lo que lo lógico sería establecer un periodo temporal de aplicación de las medidas restrictivas, de forma que se pueda evaluar su resultado e incidencia tanto en el mercado de alquiler residencial como desde el punto de vista social y económico pues ell hecho de que estas medidas de contención de los precios estén dirigidas a los alquileres en las zonas de mercado residencial tensionado –declaración cuya vigencia es de tres años, prorrogables-, no conlleva por sí mismo un análisis empírico del resultado de su aplicación, recuerda la propuesta de informe.

                                      Fdo   Ernesto Prieto Sánchez

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