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Acuerdo para derogar la Ley Mordaza

Ley mordaza

✔️Hemos alcanzado un importante acuerdo para derogar la Ley Mordaza. Este es un compromiso que suscribimos en el Acuerdo de Gobierno y su cumplimiento es un paso adelante en la condición democrática de España.

✔️Este acuerdo tiene como norte el disfrute de derechos fundamentales y libertades públicas de acuerdo a los tratados internacionales, contando con poderes públicos que lo garanticen, así como las efectivas condiciones para ello.

✔️Esperamos que a la mayor brevedad se cierre el periodo de enmiendas para trabajar ya en la derogación de esta Ley Mordaza impuesta por un Partido Popular que vulneró a través de la misma los derechos de la ciudadanía.

Principales medidas del acuerdo

➡️Se recupera el pleno ejercicio del derecho a reunión y manifestación: solo deberán comunicarse las manifestaciones de eventos previstos y previsibles mientras que no será necesario informar sobre aquellas que se celebre por imprevistos que provoquen su inmediatez. Sólo serán sancionables si provocan violencia o alteración del orden público. La no comunicación de las manifestaciones previstas y previsibles será sancionada como falta leve.

➡️Se garantiza la protección del derecho a la reunión pacífica reformando los artículos para que en ningún caso la ausencia de comunicación previa impida el ejercicio del derecho siempre que sea de forma pacífica.

➡️Las cuantías de las sanciones estarán vinculadas a la capacidad económica. El criterio para la cuantía económica de las sanciones será un cálculo de progresividad y proporcionalidad para reducir la sanción atendiendo a la capacidad económica de la persona sancionada. Se evita de este modo una restricción al derecho de manifestación.

➡️Las sanciones serán de índole restaurativo o resultado de la conciliación de la persona autora o la persona o institución ofendida. En el expediente sancionador se propone la resocialización por encima de la sanción; así se eliminaría la limitación actual para poder sustituir las sanciones a menores por trabajo social o comunitario, ahora limitada a una sola vez.

➡️No se podrá sancionar la toma y difusión de imágenes cuando no afecten el derecho a la intimidad o la seguridad de los policías y sus familias.

➡️Se establece un nuevo sistema de identificaciones que salvaguarde la diferencia entre detenido con las debidas garantías y cualquier otra diligencia realizada por las FFOO que no puede llevar aparejada una restricción de derechos.

➡️Se establece un mecanismo específico en cuanto a los registros corporales e identificación: Deberá quedar constancia escrita de la motivación del agente que lleve a cabo registros. Asimismo, los registros limitarán los desnudos parciales y si deben realizarse de forma inmediata no podrán realizarse en la vía pública para garantizar la debida protección de la intimidad.

➡️El tiempo de identificación en comisaría sea de un máximo de dos horas, salvo causa excepcional debidamente alegada y verificable y limitada estrictamente.

➡️Se incorpora a los animales como sujetos de protección y se recogen las peticiones de la Federación Española de Naturismo.

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Acción Institucional Podemos

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