Aunque los primeros corpus de leyes escritas datan del tercer milenio antes de Cristo, no será hasta el reinado de Hammurabi, sexto rey de la dinastía amorrea gobernante en Babilonia, cuando se pone por escrito la primera gran recopilación legislativa que unificaba los diferentes códigos existentes, en torno al año 1758 a.C.
Esta recopilación, conocida como el Código de Hammurabi, se contiene en una estela de diorita negra pulida, cuyas dimensiones son 2’25 metros de alto, 50 centímetros en su lado más ancho, y un contorno de 1,90 centímetros en la base y de 1,65 en la parte superior. Dicha estela es una de las muchas que se hicieron y se colocaron por todo el reino, con el objetivo de que todos sus habitantes conocieran el contenido de las leyes. Fue descubierta en varios fragmentos en 1901 en Susa, al suroeste del actual Irán, por un grupo de expedicionarios franceses encabezados por Jacques de Morgan. Seguramente, la estela fue llevada hasta allí por Shrutuk Nakhunte, rey de Elam, hacia 1150 a.C., cuando Babilonia fue saqueada. Este rey hizo borrar siete columnas de la parte inferior para grabar en ella una leyenda que dejara constancia de su expolio, pero nunca llegó a hacerse y así se conserva actualmente en el Museo del Louvre.
Hammurabi reinó en una sociedad diversa, y esto explica que el monarca quisiera que todos conocieran unas leyes que establecían pautas de comportamiento y severos castigos para las infracciones, con el objetivo de mantener un imperio cohesionado y con paz interior, evitando reyertas y conflictos sociales para poder realizar su política de expansión y conquista territorial.
La estela consta de varias partes:
– En la parte superior, un bajorrelieve en el que Shamash, dios de la justicia, aparece sentado dictando las leyes a Hammurabi, que está de pie frente a él en actitud de respeto: con el brazo derecho levantado a la altura de la boca y el izquierdo cruzado sobre el pecho.
– Debajo del relieve, el texto, en lengua acadia y escritura cuneiforme, distribuido en columnas por anverso y reverso, que aparecen escritas de izquierda a derecha y de arriba hacia abajo.
Este texto, a su vez, consta de tres partes:
El primero de ellos es el prólogo, redactado en primera persona por el rey con un lenguaje culto y arcaizante, donde enumera sus títulos, hazañas y cualidades, exponiendo que ha sido elegido por los dioses para hacer justicia, extirpar el mal y velar para que el fuerte no oprima al débil.
En segundo lugar, encontramos el cuerpo legal, formado por 282 artículos redactados en un lenguaje sencillo con el objetivo de facilitar su comprensión para que todos conozcan la ley.
En ellos se regulan contratos de diverso tipo, la propiedad, la familia, las sucesiones… y se establecen, en forma de oraciones condicionales (las llamadas prótasis), las infracciones y delitos y la pena que conlleva cada uno de ellos (las apódosis). De esta manera se regulan robos, secuestros, falsas denuncias, incesto, adulterio, negligencias médicas, agresiones… siendo la más conocida la llamada Ley del Talión, ojo por ojo y diente por diente:
“Si un señor ha reventado el ojo de otro señor, se le reventará su ojo. (…) Si un señor ha desprendido de un golpe un diente de un señor de su mismo rango, se le desprenderá de un golpe uno de sus dientes”.
Muchos delitos son castigados con la pena de muerte, otros con el juicio divino (las conocidas ordalías), amputaciones o indemnizaciones monetarias, aunque la dureza de la pena depende también de quién ha cometido el delito, distinguiendo entre varones libres, esclavos y mujeres.
Y la última parte de las tres es el epílogo, de nuevo en primera persona. En él se recuerda que el rey, elegido por los dioses -a quienes hay que rezar y encomendarse- ha establecido unas leyes justas y ha cuidado de su pueblo exterminando las amenazas externas y garantizando la seguridad y la felicidad de sus habitantes. Finaliza invocando a doce divinidades para que maldigan y castiguen al gobernante que no respete estas leyes, las derogue, cambie o injurie al monarca que las ha fijado por orden divina.
Y es que, ante todo, no hay que olvidar que las leyes de Hammurabi no fueron creadas por el hombre, sino que son leyes divinas que todo habitante de su reino debe conocer y respetar para garantizar la prosperidad de la comunidad.
Cuadro separado
El historiador Samuel Noah Kramer, en su clásico ‘La historia empieza en Súmer’, nos habla del que quizá sea el código de leyes más antiguo que se conserva, el de Ur-Nammu, un general sumerio proclamado rey de Sumer y Acad, fundador de la III Dinastía de Ur. Datado entre el 2100 y el 2050 antes de nuestra era, recoge una serie de leyes que tienen una curiosidad que destaca Kramer, parecen estar muy avanzadas con respecto a la llamada ley del Talión, estableciendo medidas como multas o indemnizaciones, más justas y humanas para los delitos que los castigos físicos que parecen imponerse en legislaciones posteriores.
Texto: Yolanda Barreno Carnicero
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