En esta noticia puedes encontrar la declaración responsable para la apertura, que se debe presentar telemáticamente por registro. Además, consejos y obligaciones ante la COVID-19.
– Comunicación de apertura de piscinas comunitarias: procedimiento y declaración responsable.
– Esta declaración debe presentarse en el Registro telemático del Ayuntamiento.
MEDIDAS PARA LA APERTURA DE PISCINAS DURANTE LA SITUACIÓN DE ALERTA POR COVID-19:
Reapertura al público de las piscinas recreativas:
- El aforo máximo permitido del conjunto de la instalación será del treinta por ciento de la capacidad, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de dos metros. En caso contrario se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad.
- El aforo del vaso será 4 m2 por persona, lo que supone el 50% del aforo original del mismo.
- Para poder acceder a la piscina se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.
- Se debe designar el personal necesario para asegurar el cumplimiento de las medidas ante SARS CoV-2. Este personal deberá tener los conocimientos necesarios.
- Con carácter previo a su apertura se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños. Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación.
Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V del Reglamento (UE) n.º 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Asimismo, se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
- Lo previsto en este punto se entiende sin perjuicio de las operaciones de depuración física y química del agua necesarias para obtener una calidad del agua de los vasos adecuada conforme a los anexos I y II del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, con la realización de los controles pertinentes, así como del cumplimiento del resto de normativa aplicable.
Medidas de higiene y prevención aplicables a las piscinas recreativas:
- Se procederá a la limpieza y desinfección dos veces al día de la instalación.
- Las superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, deben limpiarse al menos tres veces al día.
- Se utilizarán diluciones de lejía (1:50) recién preparada o desinfectante autorizado por Ministerio de Sanidad.
- Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
- Dispondrán de un documento de autocontrol donde reflejen la implantación de todas las labores de limpieza y desinfección
- Las personas trabajadoras deben disponer de :
a) Equipos de protección individual adecuados al riesgo
b) Gel hidroalcohólico o agua y jabón, si no es posible.
c) Fichaje higiénico de horario de trabajo.
- Debe realizarse limpieza y desinfección del puesto de trabajo en cada cambio de turno.
- Los uniformes o ropa de trabajo deberán lavarse y desinfectarse de forma regular.
- Debe garantizarse la ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y durante el tiempo necesario para permitir la renovación del aire.
- Se dispondrá de dosificadores de geles hidroalcohólicos en la entrada de la instalación, recomendándose incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado, y uso de calzado exclusivo dentro de la misma.
- La ocupación máxima, tanto de los aseos como de los vestuarios, será la siguiente:
– Ocupación máxima de una persona, en espacios de hasta 4 m2, y acompañante en caso de precisar asistencia.
– Ocupación máxima de 1/3 de capacidad si son mayores de 4 m2 o dispone de más de una cabina o urinario, siempre que se garantice la distancia de seguridad mínima de 2 metros.
- Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos. Además se deberá verificar que, en todo momento, estén dotados de jabón y/ o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
- En el caso de instalaciones donde se realice el pago de una entrada se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.
- Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.
- Se debe recordar a los usuarios por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19.
- En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.
- No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.
Además, como todos los años, con el fin de reducir el riesgo de accidentes y otras posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las piscinas comunitarias, debe comunicar su apertura, para que el personal inspector sanitario municipal compruebe que las mismas funcionen y son mantenidas de forma correcta.
Las piscinas deben poseer y estar siempre disponible en las instalaciones, la siguiente documentación:
- Original del contrato del personal socorrista, así como documento acreditativo como socorrista acuático con inscripción vigente en el Registro de Profesionales Socorristas Acuáticos de la Comunidad de Madrid.
- Original del contrato y documento acreditativo del personal Médico o DUE, si procede.
- Análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos según Anexo de Control del Agua.
- Certificado del tratamiento de desinfección, desinsectación y desratización por empresa autorizada.
- Ficha técnica de los productos que se utilizan en el tratamiento del agua.
Es responsabilidad del titular de la piscina, realizar los correspondientes análisis que garanticen la calidad del agua de baño. Los controles analíticos del agua de los vasos de la piscina durante la temporada de apertura, se realizarán según lo establecido en el Anexo de Control del Agua. Los incumplimientos en los análisis del agua deberán comunicarse a la Concejalía de Salud por correo electrónico (salud@rivasciudad.es).
DISFRUTA DE LA PISCINA SIN RIESGOS:
La higiena es salud y, este verano, con presencia de la COVID-19, no la olvides:
- El agua de la piscina no es fuente de contagio de coronavirus siempre que tenga una adecuada depuración física y química.
- Si presentas algún síntoma relacionado con Covid 19, abandona la instalación.
- Respeta el aforo permitido.
- Mantén la medida de distancia social de 2 metros, en cualquier zona de la piscina y respeta esta distancia entre sombrilla y sombrilla o toalla.
- Extrema la higiene de manos con agua y jabón o gel hidroalcohólico.
- Dúchate antes y después del baño.
- No escupas.
- Mantén tus objetos personales, cremas, calzado de piscina, mochilas, etc. dentro del perímetro de seguridad establecido, evitando contacto con otros usuarios.
- No compartas mobiliario como hamacas o tumbonas, salvo que haya sido desinfectado después de su uso.
- Respeta las zonas de juego precintadas.
- Se recomienda que los grupos vulnerables no asistan a la instalación (mayores de 60 años y personas diagnosticas de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas….), por el principio de precaución.
- Se recomienda la utilización de gafas para el baño.
- Si padeces alguna enfermedad contagiosa de transmisión hídrica o dérmica, prescinde del baño.
- Utiliza los aseos siempre. Es importante mantener el agua de la piscina lo más limpia posible.
- Los menores que no controlan esfínteres, siempre deben utilizar pañal de baño. Y respeta siempre su intimidad al cambiarlo.
Protégete del sol:
- Si tomas el sol, hazlo de forma gradual los primeros días y evita la exposición directa entre las 12 y las 17 horas.
- No olvides la protección solar y recuerda aplicarla media hora antes de la exposición además de aplicarla cada dos o tres horas, aunque esté nublado. ¡Recuerda que caducan!
- Bebe abundantes líquidos.
- Extrema las medidas de protección con los menores.
Diviértete con precaución sin perder de vista a los menores:
- A la hora de bañarte, evita los cambios bruscos de temperatura, el alcohol y las comidas copiosas.
- Evita los juegos violentos y no te tires de cabeza en zonas poco profundas.
- Enseñemos a los y las menores a nadar y nunca los pierdas de vista.
- En las piscinas particulares, instala vallas protectoras para evitar el acceso de menores y su caída accidental.
- Evita los flotadores inflables, ofrecen una falsa sensación de seguridad.
- Y recuerda: sigue siempre las instrucciones del socorrista.