Nueva Ley del Suelo de Madrid

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Está en trámite parlamentario y con previsión de entrar en vigor en 2.018 una nueva Ley del Suelo en la C A Madrid ,cuyo principal objetivo  es dar respuesta a las nuevas realidades urbanísticas de los municipios de la región, dotándoles de instrumentos de planeamiento más flexibles, rigurosos y transparentes que posibiliten un desarrollo urbanístico sostenible.

Entre las principales novedades destacamos:

1.- Se permitirá obtener licencias de primera ocupación sin esperar a tener que ser recepcionada la urbanización completa de todo el ámbito de actuación, pudiéndose  obtener  licencias de primera ocupación a medida que se vayan recepcionando las manzanas de un ámbito.  

2.- La inclusión de un Plan General de Ordenación Urbana Simplificado, diseñado para los municipios de menos de 5.000 habitantes y hasta 6 millones de euros de presupuesto , pudiendo optar por este Plan General Simplificado siempre y cuando las actuaciones se centren en sus cascos urbanos.

Las medianas y grandes ciudades tendrán a su disposición nuevos instrumentos urbanísticos como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano que permitirán que las alteraciones del planeamiento necesarias para desarrollar y ejecutar actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana sólo requieran la aprobación de planes especiales, sin que sea necesario modificar el planeamiento general como hasta ahora.

3.- La nueva Ley mantiene las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable ,pero hay modificaciones, de tal forma que el suelo que hasta ahora se consideraba suelo urbanizable no sectorizado pasa a ser suelo no urbanizable común.

En el suelo no urbanizable común no se podrá construir en ningún caso, salvo que se cambie su clasificación en el planeamiento general a iniciativa de los propios Ayuntamientos.

4.- Se incrementan los plazos de prescripción ante Infracciones Urbanísticas que pasará  de los 4 años actualmente a 8.

A su vez se endurece el régimen sancionador, destacando la posibilidad que tendrá la administración para decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de una infracción, así como la posibilidad de que a la Administración no le suponga ningún coste las actuaciones que tenga que llevar a cabo para restaurar la legalidad urbanística, repercutiendo ese coste en el infractor.

5.- Mayor información en materia de Urbanismo para los madrileños y mayor transparencia.

6.- Los Municipios tendrán 4 años para adaptarse a la Nueva Ley desde que sea aprobada .

7.- Se prevee la legalización o regularización de las urbanizaciones ilegales que hay en la Comunidad.

 

Ernesto Prieto Sánchez (Abogado)

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