Novedades legales a 1-04-2020 por el coronavirus

1-Especificamente para los autónomos, no se suspende el pago de la cuota, se podrá pedir el aplazamiento a la Tesoreria de  hasta 6 cuotas, lo cual es decepcionante pues retrasar el pago y acumular deuda no es una solución. 

Los empresarios que paguen un  alquiler de local no se ha aprobado nada , con lo que la solución es hablar con el propietario para que condonen o rebajen unos meses de renta.  Igual de insatisfactorio.

2- Se ha ampliado 3 meses la moratoria de hipotecas para rentas bajas en viviendas y también en locales y oficinas; se ha prohibido cortar la luz, gas y agua pero la deuda no se condona; las empleadas de hogar de alta pueden pedir un subsidio con una declaración del empresario o empresarios de que han dejado de trabajar; subsidio de 440 eu para trabajadores temporales que han  quedado  en paro desde el 14-3; posibilidad de rescatar en 6 meses planes de pensiones para quien esté de Erte o haya cerrado su negocio; se podrá pedir la devolución de las señales dadas para viaje ,los inquilinos de viviendas cuyo propietario sea un Fondo o tenga arrendadas más de 10 viviendas pueden pedir una rebaja del 50 % de la renta o su pago aplazado en 3 años, pero si es un pequeño arrendador deben acordar la rebaja o retraso de pago, facilitándoseles a estos últimos si no llegan a acuerdo un crédito sin intereses por los bancos  avalado por el Estado, a pagar hasta en 6 años si tienen un nivel de ingresos infimo ; prohibiendose en 6 meses desde que acabe la Emergencia los desahucios de vivienda en todo caso, incluso por impagos anteriores al 1-4,y  quedando los contratos de vivienda próximos a finalizar prorrogados 6 meses.

Ernesto Prieto

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